#UE60 / #EU60 Tratados de Roma


Aunque apesadumbrados por los avances y retrocesos precedentes, que no derrotados, los Seis paises europeos que desde la Conferencia de La Haya estaban en el proceso de creación europea no se resignaron a detener la ya iniciada construcción europea, dándole pronto un nuevo impulso conocido como relanzamiento europeo o nuevo arranque europeo. Los siguientes años hasta la firma de los Tratados de Roma son decisivos para la construcción europea.

RELANZAMIENTO EUROPEO

Es cierto que los fracasos recientes estaban presentes en la mente de los dirigentes europeos, sin embargo, durante ese tiempo se produjeron importantes novedades en el panorama político internacional, como el inicio de la desestabilización, tras la muerte del dictador soviético, formalizada por el XX Congreso del PCUS, que iluminará el marco de la coexistencia pacífica.  Jean Monnet, afectado por el fracaso de la CED, anunció el 9 de noviembre de 1954 que cuando expirase su mandato como Alta Autoridad de la CECA, en febrero de 1955, abandonaría dicho cargo para dedicarse a la construcción de la Unión Europea desde foros más amplios y con una mayor libertad de actuación.(1) Ir a por los Estados Unidos de Europa. 

Jean Monnet veía clara la oportunidad de seguir alternativamente las dos vías, la de la utilización del sistema que había dado lugar a la CECA para crear una Comunidad Europea de Energía Nuclear, que al tiempo que evitaba un desarrollo independiente de la industria atómica alemana, reforzaba los vínculos de unión de los intereses de los estados europeos occidentales, y la integración económica global a través de la extensión dela CECA a los restantes campos de la actividad económica.(2) 

Sin embargo, lo cierto es que este relanzamiento se debe a los países del BENELUX, cuyos representantes, apadrinados por Monnet, eran Johan W. Beyen (Países Bajos), Paul Henri Spaak (Bélgica) y Joseph Bech (Luxemburgo). El 18 de mayo de 1955, dirigieron a los demás estados miembros de la CECA un Memorándum en el que, tras declarar que la integración europea debía ser realizada primero en el campo económico, “estiman que ha de proseguir el establecimiento de una Europa unida mediante el desarrollo de instituciones comunes, la fusión progresiva de las economías nacionales, la creación de una gran mercado común y la armonización progresiva de su política social”. También se hace referencia al establecimiento de una comunión económica europea, con referencias específicas al ámbito de los transportes, energía y las aplicaciones pacíficas de la energía atómica.(3) 

CONFERENCIA DE MESIA

Los países de la CECA accedieron inmediatamente a estudiar el Memorándum presentado por el BENELUX. Los ministros de Asuntos Exteriores de los Seis se reunieron en Mesina en el mes de junio de 1955, en una conferencia ad hoc¸ y al final de ella llegaron a un acuerdo positivo sobre la propuesta contenida en el susodicho documento. Se acordó que una Comisión de expertos, después conocido como “Comité Spaak”, estudiase una serie de problemas concretos, que la Conferencia enumeró en su resolución, y elaborase un informe en el plazo más breve posible.(4) 

Los principales puntos contenidos en la resolución de Mesina eran: estudiar el procedimiento y ritmo de la progresiva supresión de los obstáculos a los intercambios y medidas más apropiadas para unificar el régimen aduanero frente a terceros; la armonización de las políticas generales en los campos financiero, económico y social; coordinación de las políticas monetarias en la medida necesaria para el buen funcionamiento del mercado común; creación de un fondo de readaptación y establecimiento progresivo de la libre circulación de la mano de obra; elaboración de reglas de competencia, especialmente con vistas a evitar cualquier clase de discriminación; creación de un fondo de inversiones, a fin de desarrollar las regiones menos favorecidas en los Estados participantes; armonización progresiva de las reglamentaciones de vigentes en el terreno de lo social, especialmente en lo referente a la duración de la jornada de trabajo.(5) 

Si bien esta Conferencia dejó de lado temas tan espinosos como los problemas de la política agraria, así como de las relaciones entre la futura Comunidad y las colonias de los Estados miembros, lo cierto es que la Conferencia de Mesina sí que deliberó, con toda franqueza, respecto a una posible participación británica en el proyecto de integración, remitiéndose la invitación al Reino Unido. No hubo respuesta favorable. El representante inglés en el comité creado solo permaneció presente a la hora de hablar del Mercado Común, pero cuando se empezaron a tratar los compromisos políticos se retiró.(6) 

INFORME SPAAK

Los gobernantes de los Seis, tras barajar varios nombres de prestigio como los de Van Zeeland, Pella o el propio Jean Monnet, finalmente encargaron la Presidencia del Comité de las Delegaciones Gubernamentales de los Seis a Paul-Henri Spaak.(7) 

Tras una serie de negociaciones, se elaboró el denominado Informe Spaak, realizado por Paul-Henri Spaak, que fue aceptado por la Asamblea de la CECA y remitido a los ministros de Asuntos Exteriores. Dicho informe serviría de base para la preparación de los futuros tratados, una vez que los seis gobiernos acordaron la creación de una Comunidad Económica Europea y una Comunidad de Energía Atómica.(8) 

En su primera parte, el Informe Spaak contenía un análisis de las ventajas derivables de la creación de un Mercado Común. Este análisis constituye una formulación teórica escueta de las bases racionales de la integración europea, que se abre con la misma idea que hacia 1955 estaba presente en todas las mentes europeas: la difícil posición de una Europa dividida, y situada entre unos EEUU de América prósperos y un bloque socialista del Este cada vez más pujante.(9) 

El objetivo de un Mercado Común Europeo sería el de crear una zona amplia de política económica común que constituyera una fuerte unidad de producción, y permitiera una expansión continua, una estabilidad creciente y una significativa aceleración del nivel de vida, así como un desarrollo armonioso de las relaciones entre los Estados integrantes.(10) 

Aquel texto fue presentado a la Asamblea de la CECA y remitido a los Ministros de Asuntos Exteriores, quienes se reunieron en la Conferencia de Venecia, 29 a 30 de mayo de 1956,(11)  adaptándolo como base para la redacción del futuro tratado, como se ha señalado más arriba. 

CEE

La siguiente reunión de ministros se realizó en Bruselas el 26 de junio de 1956. En el trascurso de aquella quedaron constituidos tres grupos de expertos: Grupo de Redacción de Tratados, Grupo CEE y Grupo EURATOM. En una segunda reunión en la capital Belga ese mismo año se formó un nuevo grupo de expertos para el estudio de los problemas que planteaba la extensión de los Tratados a los países y territorios de ultramar dependientes de los Seis (PTOM).(12)  

Una cuarta reunión en Val-Duchese durante los días 26 a 28 de enero de 1957 examinó cuestiones referentes a Instituciones, política agrícola y al status de los territorios de ultramar. Las cuestiones aduaneras no plantearon problemas serios a los negociadores del Tratado, pues el Informe Spaak había dejado excelentemente resultas las cuestiones en este terreno. Después se celebraría una quinta y última reunión, el 12 de febrero en París, donde se cerraron los últimos flecos con respeto a las colonias y comprobar el fin de los trabajos del resto de grupos.(13)  

Así pues el 25 de marzo de 1957, a las 18:50 horas, los Seis firmaron en Roma, en sesión solemne dentro de la sala de Horacios y Curacios del Palacio del Campidoglio, el Tratado Constitutivo de la Comunidad Económica Europea, en vigor el 1 de enero de 1958.(14)  

Con un contenido económico general, la CEE se convertirá en la más importante de las comunidades y el eje de todo el sistema comunitario. Sin renunciar del todo a los fines políticos como meta de la integración, se dice en el preámbulo del tratado que la Comunidad tiene por misión el establecimiento de un mercado común y la aproximación progresiva de las políticas económicas de los estados miembros. Para ello se creó una Unión Aduanera, con un arancel aduanero común; se estableció la Libre Circulación de Mercancías, Personas, Servicios y Capitales y un régimen que garantizara la libre competencia. Se previó, también, el establecimiento de una política comercial común en agricultura y en trasportes. Aunque brevemente, también se hace una referencia a la política social.(15) Las instituciones son prácticamente las mismas que las que se plantearon en el Congreso de La Haya y de las que se pusieron en marcha con la CECA: Asamblea, Consejo, Comisión y Tribunal de Justicia.

CEEA Y EURATOM

Esta comunidad, aunque nació con un cometido propio, se encuentra estrechamente vinculada a la CEE. Pero ¿por qué separadas y no unidas? Según Ramón Tamames la razón fundamental de esta dicotomía fue la desconfianza en el triunfo de los proyectos europeístas. Eran muchos que después del fracaso de la CED pensaban que la Asamblea Nacional Francesa no aprobaría el Tratado de la CEE. Sin embargo la crisis de Suez cambió por completo la situación, y finalmente Francia dio su brazo a torcer.(16) El EURATON se creó por el Tratado de Roma del 25 de marzo de 1957 y entró en vigor el 1 de enero de 1958, es decir, en las mismas fechas que la CEE.(17)

Su misión principal es el establecimiento de las condiciones necesarias para la formación y el crecimiento rápido de las industrias nucleares. Para ello debe potenciar el desarrollo de la investigación y la difusión de los conocimientos en materias nucleares, facilitar las inversiones, establecer normas de seguridad para la protección sanitaria de la población y garantizar los controles apropiados de seguridad.(18) Con instituciones semejantes a las de la CEE.

Por el convenio sobre determinadas instituciones comunes a las Comunidades Europeas, firmado, junto con los tratados de Roma, el 25 de marzo de 1957, la Asamblea y el Tribunal de Justicia serán únicos para las tres comunidades: CECA, CEE y CEEA. De igual modo, el Comité Económico y Social (CES), como órgano controlador y establecido con funciones consultivas en los tratados de Roma, será único para las dos comunidades (CEE y CEEA).(19) 

BIBLIOGRAFÍA

- MARTÍN GONZÁLEZ, Yolanda; Manual de documentación de la Unión Europea: descripción, análisis y recuperación de la información eurocomunitaria, Madrid, Trea, 2007.
- PÉREZ-BUSTAMANTE, Rogelio; Historia política de la Unión Europea 1940-1995, Madrid, Dykinson, 1995.
- TAMAMES, Ramón; La Unión Europea, Madrid, Alianza, 2002.

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1. PÉREZ-BUSTAMANTE, Rogelio; Historia política…, Madrid, 1995, p. 104. En este mismo año se fundó la UEO (Unión Europea Occidental). Un paso para la conformación de la CEE.
2. Ibídem, p. 104.
3. MARTÍN GONZÁLEZ, Yolanda; Manual de documentación…, Madrid, 2007, p. 36.
4. TAMAMES, Ramón; La Unión Europea, Madrid, 2002, p. 86.
5. Ibídem, pp. 86-87.
6. Ibídem, p. 87.
7. PÉREZ-BUSTAMANTE, Rogelio; Historia política…, Madrid, 1995, p. 106. Tenía gran proyección política. Ministro belga entre 1939 y 1945, elegido sucesivamente primer presidente de la Asamblea General de la ONU 1946 y de la Asamblea Consultiva del Consejo de Europa 1949, y de la Asamblea la CECA 1952, Presidente del Comité designado de Mesina en 1955.
8. MARTÍN GONZÁLEZ, Yolanda; Manual de documentación…, Madrid, 2007, p. 37.
9. TAMAMES, Ramón; La Unión Europea, Madrid, 2002, p. 89.
10. PÉREZ-BUSTAMANTE, Rogelio; Historia política…, Madrid, 1995, p. 107.
11. Ibídem.
12. TAMAMES, Ramón; La Unión Europea, Madrid, 2002, p. 91.
13. Ibídem, pp. 91-92.
14. Ibídem, p. 92.
15. MARTÍN GONZÁLEZ, Yolanda; Manual de documentación…, Madrid, 2007, p. 37.
16. TAMAMES, Ramón; La Unión Europea, Madrid, 2002, p. 91.
17. MARTÍN GONZÁLEZ, Yolanda; Manual de documentación…, Madrid, 2007, p. 38.
18. Ibídem.
19. Ibídem.

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